En Soy Madrid publicamos los planos y fotografía que podrían demostrar un posible delito contra la ordenación urbana y el medio ambiente ante el «silencio» de la administración autonómica y local.
En Moaña, Pontevedra, una polémica rodea a la propiedad adquirida por Eva Cárdenas, esposa del presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo.
La mansión, comprada en 2019 por un valor superior a los 600.000 euros, se ha convertido en el centro de un intenso debate sobre la legalidad y la justicia fiscal y urbanística en la región.
Situada literalmente sobre el mar, cuenta con una finca de 700 metros cuadrados, un puerto privado, y una vivienda de dos plantas con todas las comodidades imaginables. Sin embargo, es precisamente esta ubicación privilegiada la que ha despertado las críticas y las denuncias de los pescadores gallegos y las organizaciones de defensa del litoral.
La Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero en Galicia (PLADESEMAPESGA) ha levantado la voz contra la que llaman la “mansión ilegal” de Eva Cárdenas. Según la organización, la localización y las obras realizadas en la casa van en contra de la Ley de Costas y el Plan General de Ordenación Urbana del Concello de Moaña. La Ley 4/2023, de ordenación y gestión integrada en el litoral gallego, establece que las nuevas construcciones deben situarse en terrenos alejados del litoral para preservar estos espacios para usos públicos.
Las irregularidades no terminarían con la ubicación, PLADESEMAPESGA señala que la casa no está conectada al sistema de alcantarillado y carece de una depuradora adecuada, utilizando fosas sépticas ilegales. Estas condiciones no solo contravienen las normativas urbanísticas y medioambientales, sino que también representan un riesgo significativo para el entorno marino y la salud pública.
Este caso no solo pone en evidencia las posibles irregularidades legales y urbanísticas, sino que también plantea serias preguntas sobre la justicia y la equidad en la aplicación de las leyes. Mientras figuras públicas y personas de altos ingresos parecen poder eludir las normativas y beneficiarse de posiciones privilegiadas, los ciudadanos comunes continúan enfrentando estrictas regulaciones y sanciones por infracciones menores.
La vivienda se encuentra construida en Suelo rústico de especial protección de costas, SRPC, como queda recogido en el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Moaña y puede verse en la imagen extraída del citado Plan.

En suelo rústico de especial protección solo se podrán levantar edificaciones vinculadas a cierto tipo de explotaciones, pero jamás viviendas unifamiliares, como recoge la preceptiva ley gallega.
Cabe reseñar que la costumbre en los municipios gallegos es la de permitir las obras de conservación de las viviendas históricas que han quedado fuera de ordenación, pero tampoco sería el caso de la vivienda de la pareja de Nuñez Feijoo, construida en 1946 (la base de la vivienda).

Por otro lado, tal y como indica el portal digital del Catastro nacional, en 2021 se ha acometido una obra de remodelación completa de la vivienda, siendo esta otra actividad prohibida en las viviendas situadas fuera de ordenación en Suelo Rústico de Especial Protección de Costas.

Así mismo, han procedido a construir una piscina, como se puede observar a través de la comparativa de las ortofotos de años sucesivos, que con una simple búsqueda en Google maps, cualquier usuario podrá comprobar.

De esta forma, desde Soy Madrid, procedemos a exponer ante la opinión pública este trabajo de investigación, e invitamos a los órganos competentes a que insten a la reposición de la legalidad en la citada parcela, salvo opinión mayor en contra.